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Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite que permite la tramitación de autorización de ocupación de vía pública de terrazas con veladores para bares, restaurantes, etc. Para ello ha de disponer de un certificado electrónico válido.

Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.

Objeto

Acto reglado por el cual, previa comprobación de las condiciones establecidas en la normativa aplicable, se regula el aprovechamiento especial del dominio público constituido por la instalación en terrenos de uso público de terrazas compuestas por mesas y sillas, así como elementos auxiliares de los mismos con finalidad lucrativa para el servicio de establecimientos de hostelería o como actividad complementaria a los mismos.

A efectos de la presente ordenanza se entiende por:

1. Terraza: conjunto de veladores y demás elementos instalados fijos o móviles, autorizados en terrenos de uso público con finalidad lucrativa para el servicio de establecimientos de hostelería.

2. Velador: conjunto compuesto por mesa y un máximo de cuatro sillas instalados en terreno de uso público con finalidad lucrativa para el servicio de establecimientos de hostelería.

Plazo de presentación de solicitudes

1. Las instancias se presentarán entre el 1 de diciembre del año anterior a la instalación y el 31 de enero del año de instalación, en el modelo facilitado por este Ayuntamiento, debidamente cumplimentadas y ante el Registro General del mismo.

2. De manera excepcional, podrán solicitar terrazas fuera de plazo aquellos establecimientos que hayan obtenido las condiciones necesarias para la autorización municipal después del plazo fijado en el párrafo anterior, en cuyo caso la obtención de la misma quedará supeditada a la disponibilidad de suelo para la misma, una vez baremado y adjudicado el suelo público en el periodo ordinario de solicitud.

 Documentación Requerida

  1. Modelo de solicitud de autorización para la instalación de Terrazas de Veladores
  2. Justificante que acredite el abono de la garantía.
  3. Plano acotado, a escala 1:100 - 1:200, con definición exacta de la ubicación del local, portales de acceso a viviendas, vados de cocheras, del mobiliario y demás elementos urbanos afectos (bancos, papeleras, farolas, arbolado,…), del mobiliario de la terraza a instalar (mesas, sillas, maceteros, estufas, humidificadores…), distancias a fachadas y bordillos y superficie a ocupar.
  4. Memoria descriptiva del mobiliario a emplear.
  5. Las personas físicas o jurídicas que soliciten la instalación de la terraza deberán encontrarse de alta a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas y no adeudar cantidad alguna por este concepto así como encontrarse al corriente de pago de las demás exacciones municipales.
  6. Acuerdo de la Comunidad de Propietarios que autorice la instalación de la terraza para aquellas situadas en terrenos privados con servidumbre de uso público

Normativa Reguladora

Ordenanza Reguladora del aprovechamiento de terrenos públicos o privados de uso público (BOP nº 140 de 21 de noviembre de 2012)

Unidad Tramitadora

Servicio de Medio Ambiente

 

AUTORIZACIÓN DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA CON TERRAZAS DE VELADORES

 

TRAMITAR  

Autorización  ;    Declaración Responsable 

 

 

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