En cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, el Ayuntamiento de Ciudad Real ha implantado un CANAL DE DENUNCIAS, integrado en el Sistema Interno de Información de este Ayuntamiento.

Este sistema es el canal preferente para que las personas físicas, que obtuvieran información en un contexto laboral o profesional, puedan informar directamente sobre actuaciones llevadas a cabo en el Ayuntamiento de Ciudad Real, que puedan suponer:

  • Infracciones penales y administrativas graves y muy graves (dentro de la legislación española y, en todo caso, las que supongan quebranto a la Hacienda Pública o a la Seguridad Social).
  • Infracciones por acciones u omisiones contrarias a la legislación de la Unión Europea enumeradas en el anexo de la Directiva UE 2019/1937, que afecten a sus intereses financieros o incidan en su mercado interior.

Se trata de un Sistema de prevención, detección y resolución de infracciones o malas prácticas que garantiza que los informadores potenciales puedan aportar fácilmente y con total confidencialidad la información de que dispongan, con el objetivo de que el Ayuntamiento de Ciudad Real pueda investigar y resolver el problema.

El canal de denuncias, no admite las informaciones relativas al funcionamiento de otras Administraciones u organismos públicos, aunque tengan relación con el Ayuntamiento, dado que cada entidad pública, debe contar con su propio canal de denuncias para esta finalidad.

Este Canal no es el adecuado para presentar las quejas, sugerencias o reclamaciones sobre el funcionamiento de los servicios municipales, para este fin debe utilizar la  Oficina de Sugerencias y ReclamacionesLínea verde .

 

¿Quién puede denunciar?

Las personas que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional, comprendiendo a aquellas personas que tienen vínculos profesionales o laborales con el Ayuntamiento de Ciudad Real  ( empleados públicos ), altos cargos, personal directivo, aquellas que ya han finalizado su relación profesional, voluntarios, trabajadores en prácticas o en período de formación, becarios, independientemente de que reciban remuneración o no, personas que participan en procesos de selección. Del mismo modo a autónomos o cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores de este Ayuntamiento

 

Características esenciales del sistema interno de información

El sistema que se implanta tiene las siguientes características:

  • Permite que las personas puedan acudir a informar de determinadas categorías de infracciones.
  • Está diseñado, establecido y gestionado de una forma segura, de modo que se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación, y de las actuaciones que se desarrollen en la gestión y tramitación de la misma, así como la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado.
  • Permite la presentación de comunicaciones por escrito o verbalmente.
  • Se garantiza que las comunicaciones presentadas puedan tratarse de manera efectiva dentro de la correspondiente entidad, con el objetivo de que el primero en conocer la posible irregularidad sea el propio Ayuntamiento.
  • Se nombra como Responsable del Sistema Interno de Información al Comité Antifraude del Ayuntamiento.
  • Se ha aprobado un procedimiento de gestión de las informaciones recibidas.
  • Se establecen las garantías para la protección de las personas informantes en el ámbito del Ayuntamiento.
  • Se dispone de un libro-registro electrónico de las informaciones recibidas y de las investigaciones internas a que hayan dado lugar, garantizando, en todo caso, los requisitos de confidencialidad previstos en la Ley 2/2023.

 

¿Cómo presentar una denuncia?

Tienen que cumplimentar el formulario de denuncia cuyo enlace figura al final de esta información.

 Los datos de contacto no son obligatorios, de modo que la presentación y posterior tramitación se puede realizar de modo anónimo, si así lo decide la persona informante.

En caso contrario, al hacer la comunicación, el informante podrá indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones, pudiendo asimismo renunciar expresamente a la recepción de cualquier comunicación de actuaciones llevadas a cabo por el Comité Antifraude como consecuencia de la denuncia presentada.

El informante debe comunicar los datos necesarios para poder llevar a cabo el análisis e investigación de los hechos denunciados. Así, las comunicaciones recibidas deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos:

  • exposición clara y detallada de los hechos.
  • identificación de las personas involucradas con el comportamiento denunciado o con conocimiento del mismo.
  • momento en el que ocurrió o ha estado ocurriendo el hecho.
  • cuantificación, siempre y cuando sea posible, del impacto económico del hecho denunciado.

El informante puede, si lo considera necesario, adjuntar los archivos (documentos, archivos multimedia) que considere relevantes para la evaluación y resolución.

PRESENTAR DENUNCIA

También podrán presentar la denuncia de manera verbal, si bien en caso de ser la duración de la misma superior a 3 minutos, deberán solicitarlo previamente y de manera expresa en el apartado “descripción” del formulario de denuncia, al objeto de que se puedan habilitar los medios necesarios para la realización de la misma.

 

Normativa aplicable

 

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