Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite que permite la comunicación previa al Ayuntamiento, entre otros datos, del inicio o suspensión de obras.
Objeto
Atendiendo a lo señalado en el art. 157.2 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, este procedimiento ofrece la posibilidad de comunicar con carácter previo:
- El inicio efectivo de las obras objeto de licencia o declaración responsable en vigor.
- La suspensión de la ejecución de las obras con licencia o declaración responsable en vigor.
Documentación requerida:
Documento acreditativo de la representación (en su caso)
Deberá identificar de manera suficiente la licencia municipal o declaración responsable de las obras que son objeto de inicio o suspensión (nº de expediente administrativo).
Unidad Tramitadora
COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO Y SUSPENSIÓN DE OBRAS |
TRAMITAR |
Notas
Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (art. 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), también pueden presentar la solicitud y la documentación requerida por los otros medios que establece el art. 16.4 de la citada Ley, esto es, presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro (calle Postas 8, 1ª Planta) o a través de las oficinas de Correos. Puede acceder al formulario correspondiente en el siguiente enlace: Formularios y solicitudes ( .pdf) »
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