1) Visibilidad, canales y características del acceso a la información pública (6)
72. La web y/o el portal de transparencia del Ayuntamiento destina un espacio destacado o sección, fácilmente visible y claramente identificable, para difundir el derecho de acceso a la información y para facilitar el acceso este procedimiento administrativo.
73. Existe y está habilitado un procedimiento administrativo presencial (no electrónico) para el ejercicio de derecho de acceso a la información, y se ofrece en todo caso al interesado/a información sobre los pasos a seguir, horarios y requisitos.
74. Se pone a disposición en la sección o portal de transparencia del Ayuntamiento, un formulario web - o un canal electrónico - para formular solicitudes de acceso a la información pública.
75. El canal electrónico de solicitudes de acceso permite diversos tipos de identificación del interesado, tales como una dirección de email, autenticación electrónica ordinaria (v.g. usuario y password), que no precisen de la obtención/instalación de certificados digitales y/o la aportación de datos fiscales.
76. El canal electrónico de solicitudes de acceso a la información permite, de una forma igualmente accesible, dar seguimiento a la tramitación de la petición por parte del interesado/a, o existe un seguimiento centralizado de la gestión de estos expedientes que permite conocer su situación.
La realización del seguimiento y control de la correcta tramitación, por parte de las unidades administrativas o servicios implicados, de las solicitudes de acceso a la información pública, y, en su caso, de las reclamaciones que se interpongan en estos expedientes, corresponde a la Concejalía de Participación Ciudadana.
En aquellos supuestos en los que el derecho de acceso a la información pública se ejercite por vía electrónica a través del Portal de la Transparencia, para conocer el estado de la tramitación de su solicitud, puede dirigirse por correo electrónico, telefónicamente, o de manera presencial a la Oficina de sugerencias y reclamaciones adscrita a la Concejalía de Participación Ciudadana (reclamaciones@ayto-ciudadreal.es, teléfono: 926 21 10 44 Ext. 682, Casa Consistorial, Plaza Mayor, 1 2ª planta )
No obstante, en aquellos supuestos en los que conozca la unidad o servicio municipal responsable de su tramitación, podrá obtener la citada información contactando a través de correo electrónico, telefónicamente, o de manera presencial en la correspondiente unidad tramitadora: Catálogo general de servicios municipales
77. Se facilita desde la web (o en su caso el portal de transparencia) del Ayuntamiento un canal fácil y accesible para la formulación de quejas o sugerencias en relación con el Acceso a la información.
2) Reclamaciones y evaluación del derecho de acceso a la información pública (3)
80. Se publicita en la web o en el portal de transparencia del Ayuntamiento, información estadística con periodicidad bimestral al menos, de datos relativos a: Número de solicitudes de acceso a la información recibidas; resueltas dentro de plazo; desestimadas, en todo o en parte; y resumen temático general de las solicitudes de acceso a la información recibidas.
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