Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite que permite la solicitud de licencia para primer funcionamiento de actividades.
Objeto
Este procedimiento ofrece la posibilidad de obtener licencia de primer funcionamiento para aquellas actividades o establecimientos que con sujeción al cumplimiento de la normativa sectorial aplicable requieran licencia de control previo a su inicio/apertura.
Documentación requerida:
Unidad Tramitadora
LICENCIA DE PRIMER FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDADES |
TRAMITAR |
Notas
También deberá liquidar la tasa por licencia de apertura de actividades (Ordenanza A-3).
En caso de necesitar varios Registros telemáticos por cuestiones de volumen máximo (20MB), haga mención al primer número de Registro de Entrada para anexarlos al expediente.
Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (art. 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), también pueden presentar la solicitud y la documentación requerida por los otros medios que establece el art. 16.4 de la citada Ley, esto es, presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro (calle Postas 8, 1ª Planta) o a través de las oficinas de Correos. Puede acceder al formulario correspondiente en el siguiente enlace: Formularios y solicitudes ( .pdf) »
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