previous arrow
next arrow
Slider
  • .
  • .


Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Bonificación por el aprovechamiento de la energía solar”, para lo que ha de disponer de un certificado electrónico válido. 

Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.

 


 

BONIFICACIÓN POR EL APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR
TRAMITAR  
Solicitud  

 

* ES REQUISITO IMPRESCINDIBLE DISPONER DE LA LICENCIA DE OBRA PREVIA PARA PODER PRESENTAR ESTA BONIFICACIÓN 

 

  • .

Utilizamos cookies para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestra web. Si sigues utilizando este sitio asumiremos que estás de acuerdo.