Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Baja en el padrón”, para ello ha de disponer de un certificado electrónico válido. Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.
SOLICITUD DE BAJA EN PADRÓN
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Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Declaración Responsable”, para ello ha de disponer de un certificado electrónico válido o a través de las otras formas de autenticación telemática disponibles en esta sede electrónica.
Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (art. 14 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP.), también pueden presentar las solicitudes y la documentación requerida por los otros medios que establece el art. 16.4 de la citada Ley, esto es, tanto de forma electrónica como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro (calle Postas 8, 1ª Planta) o a través de las oficinas de Correos.
OBJETO
Son objeto del procedimiento de declaración responsable las siguientes actuaciones urbanísticas:
1.- Declaración Responsable de obras.
3.- Declaración Responsable para apertura de garaje.
4.- Declaración Responsable para el ejercicio de actividades comerciales, de servicios y mercantiles.
5.- Declaración Responsable para cambio de uso de actividad con licencia de instalación previa.
MARCO LEGAL
TASA E IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO):
El interesado deberá solicitar las correspondientes autoliquidaciones de la tasa administrativa correspondiente, y del ICIO, en su caso.
Con la Declaración Responsable deberá acompañar Justificante de la liquidación de los tributos y demás ingresos de derecho público que correspondan (puede solicitar la carta de pago en el Portal Tributario del Ayuntamiento https://carpetatributaria.ciudadreal.es/
Puede consultar las Ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas e impuestos municipales en el siguiente enlace:
https://www.ciudadreal.es/ayuntamiento/ordenanzas/ordenanzas-fiscales.html
Nota 1. Para facilitar la tramitación de su expediente, una vez haya accedido al formulario, debe indicar la referencia catastral y dirección, así como la actuación urbanística concreta objeto de la solicitud.
Nota 2. En caso de necesitar varios Registros telemáticos por cuestiones de volumen máximo (20 MB), haga mención al primer número de Registro de Entrada para anexarlos al expediente.
Nota 3. Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (art. 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), también pueden presentar la solicitud y la documentación requerida por los otros medios que establece el art. 16.4 de la citada Ley, esto es, presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro (calle Postas 8, 1ª Planta) o a través de las oficinas de Correos. Puede acceder al formulario correspondiente en el siguiente enlace: Formularios y solicitudes ( .pdf) »
Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite que permite la solicitud de licencia para la ejecución de obras con la finalidad de instalar una actividad.
Objeto
Este procedimiento ofrece la posibilidad de realizar la solicitud de licencia de obra de nueva planta con instalación de actividad, así como aquellas otras obras en edificaciones e instalaciones existentes que requieran un control previo por no ajustarse a los supuestos recogidos en el art. 157.1 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, siempre que se trate de edificaciones/locales/establecimientos en los que se desarrolle una actividad.
El procedimiento ofrece la posibilidad de realizar en un único trámite la gestión integrada de actuaciones correspondientes a obras y otras actuaciones urbanísticas tales como:
* En caso de no disponer de Instrumento de Planeamiento aprobado, deberá dirigirse al Servicio de Planeamiento a través de Instancia General indicando claramente el asunto y el servicio al que se dirige.
* Si el objeto es tramitar la legalización de elementos existentes, deberá dirigirse al Servicio de Control y Disciplina Urbanística a través de Instancia General indicando claramente el asunto y el servicio al que se dirige.
Documentación requerida:
Unidad Tramitadora
LICENCIA DE OBRAS CON INSTALACIÓN DE ACTIVIDAD |
TRAMITAR |
Notas
Una vez ejecutadas las nuevas instalaciones, el interesado/a obtendrá junto con la licencia de funcionamiento o declaración responsable de apertura, la acometida definitiva de agua, salvo cuando sea necesario modificar la acometida provisional, que requerirá solicitar licencia previa de acometida definitiva de agua.
Una vez obtenga la licencia, deberá liquidar el I.C.I.O. correspondiente (Ordenanza fiscal C-4).
En caso de necesitar varios Registros telemáticos por cuestiones de volumen máximo (20MB), haga mención al primer número de Registro de Entrada para anexarlos al expediente.
Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (art. 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), también pueden presentar la solicitud y la documentación requerida por los otros medios que establece el art. 16.4 de la citada Ley, esto es, presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro (calle Postas 8, 1ª Planta) o a través de las oficinas de Correos. Puede acceder al formulario correspondiente en el siguiente enlace: Formularios y solicitudes ( .pdf) »
Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite que permite la solicitud de licencia para la ejecución de obras con destino a uso residencial o edificación si uso.
Objeto
El procedimiento ofrece la posibilidad de realizar la solicitud de licencia de obras de nueva planta sin actividad (uso residencial), así como aquellas otras obras en edificaciones e instalaciones existentes que requieran un control previo por no ajustarse a los supuestos recogidos en el art. 157.1 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
El procedimiento también ofrece la posibilidad de realizar en un único trámite la gestión integrada de actuaciones correspondientes a obras y otras actuaciones urbanísticas tales como:
* En caso de no disponer de Instrumento de Planeamiento aprobado, deberá dirigirse al Servicio de Planeamiento a través de Instancia General indicando claramente el asunto y el servicio al que se dirige.
* Si el objeto es tramitar la legalización de elementos existentes, deberá dirigirse al Servicio de Control y Disciplina Urbanística a través de Instancia General indicando claramente el asunto y el servicio al que se dirige.
Documentación requerida:
Unidad Tramitadora
LICENCIA DE OBRAS DE VIVIENDAS Y EDIFICACIONES SIN USO
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TRAMITAR |
Notas
Una vez ejecutadas las nuevas obras, el interesado/a obtendrá junto con la declaración responsable de primera ocupación, la acometida definitiva de agua, salvo cuando sea necesario modificar la acometida provisional, que requerirá solicitar licencia previa de acometida definitiva de agua.
Una vez obtenga la licencia, deberá liquidar el I.C.I.O. correspondiente (Ordenanza fiscal C-4).
En caso de necesitar varios Registros telemáticos por cuestiones de volumen máximo (20MB), haga mención al primer número de Registro de Entrada para anexarlos al expediente.
Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (art. 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), también pueden presentar la solicitud y la documentación requerida por los otros medios que establece el art. 16.4 de la citada Ley, esto es, presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro (calle Postas 8, 1ª Planta) o a través de las oficinas de Correos. Puede acceder al formulario correspondiente en el siguiente enlace: Formularios y solicitudes ( .pdf) »
Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite que permite la solicitud de licencia de canalizaciones de gas, electricidad y telecomunicaciones.
Si la actuación se va a llevar a cabo en suelo privado deberá tramitarse por Declaración Responsable de obras.
Objeto
Este procedimiento ofrece la posibilidad de realizar la solicitud de las siguientes actuaciones:
Documentación común a todas las actuaciones
Canalización de Gas
Canalizaciones telecomunicaciones
Canalización electricidad
Unidad Tramitadora
LICENCIA DE CANALIZACIONES DE GAS, ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES |
TRAMITAR |
Notas
En caso de necesitar varios Registros telemáticos por cuestiones de volumen máximo (20MB), haga mención al primer número de Registro de Entrada para anexarlos al expediente.
Una vez obtenga la licencia, deberá liquidar el I.C.I.O. correspondiente (Ordenanza fiscal C-4)
Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (art. 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), también pueden presentar la solicitud y la documentación requerida por los otros medios que establece el art. 16.4 de la citada Ley, esto es, presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro (calle Postas 8, 1ª Planta) o a través de las oficinas de Correos. Puede acceder al formulario correspondiente en el siguiente enlace: Formularios y solicitudes ( .pdf) »
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