Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Ayuda social para los empleados del Ayuntamiento”, para ello ha de disponer de un certificado electrónico válido.
Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.
Ayuda social para los empleados del Ayuntamiento
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Plazo HASTA el 30 de septiembre de 2024 |
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Solicitud y bases |
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