Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Bonificación por el aprovechamiento de la energía solar”, para lo que ha de disponer de un certificado electrónico válido. 

Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.

 


 

BONIFICACIÓN POR EL APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR
TRAMITAR  
Solicitud  

 

* LA BONIFICACIÓN HABRÁ DE SER SOLICITADA POR EL SUJETO PASIVO CONJUNTAMENTE CON LA SOLICTUD DE LICENCIA URBANÍSTICA

 

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