Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Bonificación por el aprovechamiento de la energía solar”, para lo que ha de disponer de un certificado electrónico válido.
Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.
BONIFICACIÓN POR EL APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR |
TRAMITAR | ||
Solicitud |
* LA BONIFICACIÓN HABRÁ DE SER SOLICITADA POR EL SUJETO PASIVO CONJUNTAMENTE CON LA SOLICTUD DE LICENCIA URBANÍSTICA
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CONVOCATORIA PARA ENTIDADES COLABORADORAS (LIBRERÍAS, PAPELERÍAS Y ASOCIACIONES DEL SECTOR) Desde...
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