La Oficina de Sugerencias y Reclamaciones es la oficina municipal que el Ayuntamiento de Ciudad Real pone a disposición de todos sus ciudadanos, en ella pueden presentar las quejas, sugerencias o reclamaciones sobre diversos temas de la ciudad. De esta manera el Ayuntamiento conocerá la opinión y las necesidades de los vecinos de Ciudad Real y se podrán mejorar aquellos servicios de competencia municipal.
Para formular las sugerencias o reclamaciones deberán rellenar un formulario con los datos personales y el motivo de la misma. (Ir al formulario de sugerencias y reclamaciones >>)
La oficina está ubicada en la segunda planta de la Casa Consistorial, Plaza Mayor, 1, y está abierta en horario de 9:00 a 14:00 horas. Teléfono: 926 21 10 44.
Reglamento orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
NO SE NECESITA CITA PREVIA
Horario de la oficina: de 8:30 a 14:00 horas, excepto en periodo estival (1 de julio al 15 de septiembre) que será de 9 a 14:00 horas
Horario de atención telefónica: de 9 a 14:00 horas de lunes a viernes en el teléfono: 926 21 10 44, exts.:
Registro: ext. 435
Padrón: ext. 439
Registro y Padrón: exts. 407,409, 448.
Para la TRAMITACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE EMPADROMANIENTO también puede dirigirse a C/ Postas, 8 de 08:30 a 14:00 horas de lunes a viernes, sin cita previa. (Del 1 de julio al 15 de septiembre será de 9 a 14:00 horas)
Recordando que todas las solicitudes de cualquier gestión que se necesite tramitar se pueden realizar a través de la Sede Electrónica, y si no se dispone de los medios electrónicos para ello, se pueden enviar a través del servicio de Correos en la oficina de correos más próxima a su domicilio.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA LA OBTENCIÓN DE CERTIFICADOS Y VOLANTES DE EMPADRONAMIENTO DE FORMA PRESENCIAL .
Formularios y solicitudes "ESTADISTICA-EMPADRONAMIENTO" >>>
Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal:
La expedición de certificaciones y volantes comprensivos de la totalidad de las personas inscritas en un mismo domicilio, en tanto que implica el tratamiento de datos personales (lo que incluye la comunicación de los mismos), deberá estar fundamentada en alguno de los supuestos previstos en el artículo 6.1 del Reglamento general de protección de datos. Por ello, cuando se soliciten por un particular será necesario disponer del consentimiento de todos los inscritos en la vivienda (art. 6.1.a) o tener un interés legítimo que prevalezca sobre los intereses o los derechos y libertades fundamentales de los afectados (art. 6.1.f), el cual exigirá en cada caso un juicio de ponderación por parte del Ayuntamiento.
Por lo que se refiere al consentimiento podrá haberse recogido como dato voluntario en la hoja padronal, de acuerdo con lo previsto en el art. 57.2 a) del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, tal y como figura en el Anexo III (casilla de Información voluntaria: “Autorizamos a los mayores de edad empadronados en esta hoja para comunicar al Ayuntamiento las futuras variaciones de sus datos y para obtener certificaciones o volantes de empadronamiento”).
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