El Consejo de Ciudad ha aprobado esta tarde por 5 votos a favor y 3 abstenciones la modificación del Reglamento Orgánico de participación en lo referido al Consejo Social de Ciudad para permitir dar cabida a más miembros y dotarlo de más atribuciones y funciones.

Según ha explicado la concejala de Participación, Sara Martínez, “este Consejo Social de Ciudad pretende ser el reflejo de lo que son todos los vecinos y las vecinas de Ciudad Real, todas las sensibilidades y que tiene que verse reflejado en sus miembros. Se pasa de un Consejo de participación de 16 miembros a uno de más de 50”.

El Consejo Social de la Ciudad es el órgano de participación y de consulta de carácter global que tiene como objetivo debatir y valorar las grandes líneas estratégicas y los asuntos principales en la ciudad de Ciudad Real.

El Pleno del Consejo estará compuesto por:

1. Alcalde/sa como Presidente/a.

2. Concejal/a Delegado/a de Participación Ciudadana como Vicepresidente/a.

3. Un representante de cada Grupo Político Municipal.

4. Un representante de cada Partido Político con sede en Ciudad Real.

5. Un Representante de cada Consejo Sectorial u Organismo Autónomo (siempre que no tengan la condición de miembro de la Corporación Municipal).

-       Consejo Local de la Mujer.

-       Consejo Local de la Juventud.

-       Consejo Escolar Municipal.

-       Patronato Municipal de Deportes.

-       Patronato Municipal de Personas con Discapacidad

-       Consejo Local de Sostenibilidad.

-       Consejo Local de Infancia.

-       Consejo Local de Cooperación Internacional.

-       Consejo de Movilidad.

-       IMPEFE.

-       Consejo de cultura

-    Comisión de Festejos

6. Un representante de la FLAVE y un representante de las Asociaciones de Vecinos no federadas

7. Un representante institucional de cada sindicato: UGT, CCOO, CSIF, Intersindical, CNT, USO, SPL, AF y CGT.

8. Un representante de cada una de las siguientes ONGs: Cruz Roja, Cáritas,

Fundación Secretariado Gitano y CEPAIM.

9  Un representante de la Asociación de Cofradías de Ciudad Real.

10. Un representante de la Unión Interprofesional de Colegios Profesionales

11. Representantes de Asociaciones empresariales.

. Uno de Fecir.

. Uno de AJE.

12. Un representante institucional de la UCLM.

13. Un representante de la Delegación de Estudiantes del Campus de Ciudad Real de la UCLM.

14. Alcalde/sa Pedáneos.

15. Dos vecinos/as elegidos por sorteo, dentro del Padrón Municipal de Habitantes renovables cada dos años, con carácter voluntario.

16. Cualquier asociación y/o colectivo que no tenga representatividad dentro de los epígrafes anteriores, lo solicitará al Pleno del Consejo, que tendrá que aprobarlo por mayoría, previa inscripción en el Registro Municipal o acta de su asamblea.

Martínez destacaba cómo se convocará de manera ordinaria cada cuatrimestre (tres veces al año). Entre las funciones del Consejo Local de Ciudad constan:

a. Asesorar al Ayuntamiento en la definición de las grandes líneas de la política y gestión municipal.

b. Actuar como cauce de participación y diálogo de los distintos interlocutores sociales y económicos.

c. Promover la realización de estudios sobre temas de interés para la ciudad y promover el debate de los ciudadanos.

d. Conocer, debatir e informar los asuntos relacionados con:

1). El Presupuesto Municipal.

2). Plan general de urbanismo.

3). Ordenanzas fiscales.

4). Auditorías e informes de especial relevancia sobre el funcionamiento de

los servicios municipales.

e. Promover la realización de procesos participativos en temas concretos de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento.

f. Promover acciones para el desarrollo equilibrado y sostenible, la cohesión social y la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía.

g. Apoyar a los Consejos Sectoriales de la ciudad y conocer sus conclusiones, iniciativas y las deliberaciones.

h. Promover la realización de una Asamblea Anual de la Ciudad en el primer trimestre del año.

i. Elaboración de una memoria anual de actividades del Consejo, que será objeto de presentación en la Asamblea Anual de la Ciudad.

j. Solicitar dictámenes externos sobre temas de especial relevancia a la UCLM.

Una vez aprobada esta modificación del Consejo Social de Ciudad, ésta deberá ser aprobada en Junta de Gobierno Local y elevarla al Pleno Municipal. Tras 30 días de exposición pública, entrará el vigor.

Además el Consejo de Ciudad ha aprobado el Borrador de la Ordenanza de Transparencia y Acceso a la Información del Ayuntamiento de Ciudad Real. “Es la manera de relacionarse con la administración local, que al fin y al cabo es la administración más cercana y a la que tenemos que acudir todos para encontrar respuestas a nuestras reclamaciones, sugerencias y a nuestras ideas”.

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Participación ciudadana

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Oficina de Sugerencias y Reclamaciones

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  • Casa Consistorial, Plaza Mayor, 1 2ª planta
    Ciudad Real
    13001
  • 926 21 10 44 Ext. 682

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