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Normativa aplicable

LEY 1/1994, de 24 de mayo, de accesibilidad y eliminación de barreras en Castilla-La Mancha.

Orden de 28-05-2008, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen los parámetros exigibles a los ascensores para que reúnan la condición de accesibles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Decreto 158/1997 de 2 de diciembre, el Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha.

Corrección de errores del decreto 158/1997.

REAL DECRETO 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.

Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

Documento Básico SUA. Seguridad de utilización y accesibilidad.

REAL DECRETO 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

CORRECCIÓN de erratas del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. (boe.es)

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Comisión técnica de accesibilidad

Con esta finalidad de garantizar la accesibilidad universal, se plantea la creación de una Comisión Técnica Municipal de Accesibilidad para que apoye y supervise todas las obras públicas, que sirva de referencia y supervisor de las actuaciones privadas, así como de la accesibilidad integral. Se establece el compromiso de desarrollar un planteamiento urbano y el de la edificación universal, así como su gestión y mantenimiento, garantizando el estado de la accesibilidad evitando la creación de barreras temporales. Ofrecer un servicio público accesible y pensado para todos.

Esta Comisión, que está integrada dentro de la Concejalía de Urbanismo, recoge la experiencia de trabajo del propio Patronato Municipal de Personas con Discapacidad.

 

1. Objetivo de la comisión de Accesibilidad

1.1. Objetivo General

Hacer más real el derecho de todos los ciudadanos a acceder de forma física a los bienes, recursos y servicios que la sociedad oferta.

1.2. Objetivos Específicos

  1. Seguir incidiendo en la correcta ejecución de las obras efectuadas en EL MUNICIPIO, sean de nueva construcción, reforma o ampliación, en espacios públicos y edificación, que permitan su uso autónomo por las personas con discapacidad física u orgánica.
  2. Fomentar el diseño de una Ciudad sin barreras.
  3. Fomentar el conocimiento de la legislación existente en cuanto a accesibilidad.
  4. Continuar incidiendo en la necesidad del transporte accesible tanto a nivel de empresas públicas, como de empresarios del transporte privado (autobuses interurbanos y taxistas).
  5. Lograr una mayor concienciación social y técnica acerca de la accesibilidad.
  6. Lograr la participación de ciudadanos y entidades de discapacitados en la planificación, gestión, toma de decisiones y evaluación de las actuaciones que se pongan en marcha en materia de accesibilidad.
  7. Crear programas de concienciación y educación ciudadana.

 

2. Constitución de la Comisión

Se crea la Comisión de Accesibilidad y Eliminación de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y en el Transporte y en la Comunicación, que a partir de ahora será denominada Comisión Municipal de Accesibilidad, con el fin de asistir y asesorar a los órganos competentes en ejercicio de sus funciones y facilitar la participación de los colectivos afectados.

Estará presidida por el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda, y en caso de vacante, ausencia o enfermedad por la Concejala Delegada de Servicios Sociales, y en ausencia de ambos por un miembro de la Corporación, mediante delegación.

La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:

  1. Un representante del Servicio de Licencias
  2. Un representante del Servicio de Arquitectura-Obras
  3. Un representante del Servicio de Movilidad
  4. Un representante del Patronato Municipal de Personas con Discapacidad
  5. Un representante del Servicio de Infraestructuras y Servicios Urbanos
  6. El Técnico de la Oficina Municipal para la Accesibilidad.
  7. Técnico de apoyo (Ingeniero de Caminos) de la Dirección General de Planificación y Operaciones Estratégicas.
  8. Un representante de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Ciudad Real
  9. Un representante del Servicio de Disciplina Urbanística
  10. Secretario: Un empleado del Área de Urbanismo.

     

Memorias de la Comisión

Memoria de la Comisión 2012

Memoria de la Comisión 2013 - 2014

Memoria de la Comisión 2015

Memoria de la Comisión 2016

Memoria de la Comisión 2019 - 2020

Memoria de la Comisión 2021

Memoria de la Comisión 2022

Memoria de la Comisión 2023

 

 

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Accesibilidad

AccesibilidadCon frecuencia los mayores avances sociales se producen al afrontar la resolución de un problema que aparentemente sólo afecta a una parte pequeña de la sociedad. La accesibilidad es uno de esos avances, aunque sólo recientemente la sociedad en su conjunto ha comenzado a apreciar su importancia, gracias a la creciente presencia social de las personas con discapacidad y al trabajo desarrollado por las instituciones y el movimiento asociativo.

La accesibilidad no sólo se refiere a las calles, a nuestro medio físico, sino además consiste en la consecución de una integración justa de las personas que con capacidades distintas necesitan la ayuda de todos y así aprovechar su valía y capacidad de superación. La accesibilidad por tanto, ha ido dejando de ser sinónimo de supresión de barreras físicas y ha adquirido una dimensión más preventiva y amplia, generalizable a todo tipo de espacios, productos y servicios, lo que denominamos como Accesibilidad Universal. Por otra parte, se trata de la variable fundamental para garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.

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Ordenanzas fiscales 2013

Tasas:


Precio público:


Impuestos:


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Callejero:

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