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Bienvenidos a la versión beta de la página web de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado “Ciudad Real 2022 Eco—Integrador”. Aquí podrás encontrar información correspondiente a esta Estrategia que se ejecutará hasta el año 2022, gracias a la cofinanciación de los proyectos incluidos en el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible de los Fondos FEDER de la Unión Europea. “Una manera de hacer Europa”.

La Estrategia “Ciudad Real 2022 ECO-Integrador” es un proyecto hasta 2022 que pretende hacer de Ciudad Real una ciudad inclusiva y moderna, una ciudad medioambientalmente sostenible para aumentar la calidad de vida de los vecinos y vecinas de Ciudad Real.

A través de una visión estratégica, Ciudad Real quiere desarrollar sus capacidades y sacar aprovechamiento de las oportunidades de las que dispone. Ciudad Real quiere ser una ciudad de futuro, eficiente, con servicios accesibles a toda la población, atractiva para la creación de oportunidades, paseable, integrada, con equilibrio social y moderna: con una gestión transparente y eficaz de los servicios municipales. El eje prioritario de esta estrategia es la Inclusión Social, aunque el Medio Ambiente y la eficacia y eficiencia energética son cuestiones importantes.

Líneas de Actuación

LA1. Tarjeta de fidelización ciudadana y administración electrónica.

LA2. Plataforma ciudadana de Gobierno Abierto.

LA3. Accesibilidad y eficiencia en el transporte público.

LA4. Ciudad Real sin coches.

LA5. Edificios e instalaciones municipales: rehabilitación integral energética y energías renovables.

LA 6. Ciudad Real sin ruido. 

LA 7. Proyecto de regeneración integral en la zona del Barrio del Pilar. 

LA8. Programa de asesoramiento para fortalecer el tejido empresarial local.

LA9. Proyección del activo “comercio” de Ciudad Real.

LA10. Programa de inclusión social (San Martín de Porres, Barrio Pilar y Barriada de la Esperanza).

 

Ciudad Real 2022 Eco-Integrador

 

Programa Operativo de Crecimiento Sostenible 2014-2020

 

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Perfil del contratante

Conforme a lo dispuesto en el art. 347.3 LCSP, el órgano de contratación del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, tienen alojada la información de su perfil del contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

La tramitación de los procedimientos de adjudicación de contratos conllevará la práctica de las notificaciones y comunicaciones derivadas de los mismos por vía exclusivamente electrónica, y la presentación de ofertas y solicitudes de participación se llevará a cabo utilizando medios electrónicos, salvo en los casos en los que se establezca otra cosa en los anuncios de licitación o invitaciones de participación, tal y como se establece en la Disposición Adicional Decimoquinta.2 de la misma ley.

A tales efectos, todos los licitadores que deseen participar en procedimientos de contratación pública convocados por este Ayuntamiento deberán utilizar las herramientas electrónicas y cumplir escrupulosamente los requisitos que en tal sentido se establezcan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de las correspondientes licitaciones o en las instrucciones emitidas en su defecto.

 

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F) Derecho de acceso a la información (9)

1) Visibilidad, canales y características del acceso a la información pública (6)

72. La web y/o el portal de transparencia del Ayuntamiento destina un espacio destacado o sección, fácilmente visible y claramente identificable, para difundir el derecho de acceso a la información y para facilitar el acceso este procedimiento administrativo.

73. Existe y está habilitado un procedimiento administrativo presencial (no electrónico) para el ejercicio de derecho de acceso a la información, y se ofrece en todo caso al interesado/a información sobre los pasos a seguir, horarios y requisitos.

74. Se pone a disposición en la sección o portal de transparencia del Ayuntamiento, un formulario web - o un canal electrónico - para formular solicitudes de acceso a la información pública.

75. El canal electrónico de solicitudes de acceso permite diversos tipos de identificación del interesado, tales como una dirección de email, autenticación electrónica ordinaria (v.g. usuario y password), que no precisen de la obtención/instalación de certificados digitales y/o la aportación de datos fiscales. 

76. El canal electrónico de solicitudes de acceso a la información permite, de una forma igualmente accesible, dar seguimiento a la tramitación de la petición por parte del interesado/a, o existe un seguimiento centralizado de la gestión de estos expedientes que permite conocer su situación.

La realización del seguimiento y control de la correcta  tramitación, por parte de las unidades administrativas o servicios implicados, de las solicitudes de acceso a la información pública, y, en su caso, de las reclamaciones que se interpongan en estos expedientes, corresponde a la Concejalía de Participación Ciudadana.

En aquellos supuestos en los que el derecho de acceso a la información pública se ejercite por vía electrónica a través del Portal de la Transparencia, para conocer el estado de la tramitación de su solicitud, puede dirigirse por correo electrónico, telefónicamente, o de manera presencial a la Oficina de sugerencias y reclamaciones adscrita a la Concejalía de Participación Ciudadana (reclamaciones@ayto-ciudadreal.es, teléfono: 926 21 10 44 Ext. 682,  Casa Consistorial, Plaza Mayor, 1 2ª planta )

No obstante, en aquellos supuestos en los que conozca la unidad o servicio municipal responsable de su tramitación, podrá obtener la citada información contactando a través de correo electrónico, telefónicamente, o de manera presencial en la correspondiente unidad tramitadora: Catálogo general de servicios municipales

77. Se facilita desde la web (o en su caso el portal de transparencia) del Ayuntamiento un canal fácil y accesible para la formulación de quejas o sugerencias en relación con el Acceso a la información. 

2) Reclamaciones y evaluación del derecho de acceso a la información pública (3)

78. Se difunde de una forma sencilla y clara en la web o en el portal de transparencia del Ayuntamiento, las condiciones y el procedimiento para presentar reclamaciones por denegación total o parcial en el ejercicio del derecho de acceso a la información. 

79. Está operativa y claramente visible en la web el área o entidad municipal responsable ante la cual presentar reclamaciones por denegación total o parcial en el ejercicio del derecho de acceso a la información. 

80. Se publicita en la web o en el portal de transparencia del Ayuntamiento, información estadística con periodicidad bimestral al menos, de datos relativos a: Número de solicitudes de acceso a la información recibidas; resueltas dentro de plazo; desestimadas, en todo o en parte; y resumen temático general de las solicitudes de acceso a la información recibidas. 

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